La Cámara Alta aprobó en horas de la noche de este jueves la ley que reforma el Impuesto a las Ganancias y lleva el mínimo no imponible a 150 mil pesos mensuales brutos.

El Senado aprobó en horas de la noche de este jueves la ley que reforma el Impuesto a las Ganancias y lleva el mínimo no imponible a 150 mil pesos mensuales brutos . A su vez, dio luz verde al cambio en el régimen de monotributo, tras un extenso debate con reproches cruzados, a pesar del consenso alcanzado sobre el tema.

Con 66 votos a favor y una abstención (de Esteban Bullrich, del PRO), la Cámara Alta convirtió en ley ambas iniciativas, aunque el punto central del debate fue el tema Ganancias, impulsado por el Gobierno que estima que el nuevo esquema beneficiará a cerca de 1.500.000 trabajadores y alrededor de 400 mil jubilados que actualmente tributan.

La nueva norma eleva el mínimo no imponible a 150 mil pesos brutos y, en el caso de los jubilados, comenzará a pagarse a partir de los ocho haberes mínimos y ya no de los seis, al tiempo que contempla nuevas exenciones.

En este punto, deja de estar alcanzado el sueldo anual complementario de quienes ganen hasta 150 mil pesos y también salario que perciban los trabajadores en relación de dependencia en concepto de bono hasta un monto equivalente al 40% de la ganancia no imponible cuando la remuneración bruta no supere los 300 mil pesos mensuales.

En relación al Régimen de Monotributo, el proyecto de ley que ingresó en enero al Congreso se viene a sumar a las mejoras en la escala de Ganancias y apunta a un sector de la clase media ya que propone dos herramientas. La primera, para los que luego de la suspensión de la exclusión que comenzó en octubre de 2019, y que aún se mantiene, deberán afrontar una deuda devengada muy importante. La segunda, para el largo plazo, es un nuevo régimen que haga que el pasaje de monotributista a autónomo sea más simple y menos costoso.

En el primero de los casos el proyecto de ley establece que a aquel monotributista que se haya pasado hasta un 25% de la facturación se le va a ofrecer la oportunidad de volver a la categoría del monotributo. En el caso de que el exceso de ese 25% sea anterior al 31 de diciembre de 2020, va a poder computar 50% del crédito fiscal presunto. Si así fuese, para un monotributista que se pasó en un 40% la ecuación quedaría con que sin esta norma deberá afrontar una deuda de 1.360.000 pesos pero que, de aprobarse, deberá enfrentar un pago de 649.882 pesos.