El presidente Alberto Fernández, con acuerdo de todo el gabinete de ministros, derogó un DNU del gobierno de Mauricio Macri que había endurecido la política migratoria con un sistema de expulsiones express de extranjeros y extranjeras que tuvieran la más mínima vinculación a una causa penal de cualquier tenor. El decreto publicado este viernes pone fin a aquel método por inconstitucional, tal como lo declaró la Cámara en lo Contencioso administrativo, y recuerda que Naciones Unidas había instado al Estado argentino a suspenderlo por atentar contra la Convención sobre la Protección de los Derechos de los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares. La instantánea reacción de la oposición dejó a la vista con qué facilicidad se construye una noticia falsa y la mayoría de los medios se hacen eco. Patricia Bullrich, Diego Santilli y Rogelio Frigerio dijeron que la decisión oficial favorece el ingreso de narcotraficantes y del crimen organizado en general. Además de que corren el eje de la discusión de fondo, son afirmacione falsas. Porque la Ley de Migraciones que recobra su plena vigencia dice expresamente que no podrán entrar al país y serán expulsados quienes tienen procesos penales en Argentina o en el exterior donde están en juego penas privativas de la libertad, pero además precisa en el artículo 29 los delitos de tráfico de armas, de personas, de estupefacientes, de órganos o tejidos, o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas. Es muy evidente el sesgo discriminatorio de fondo y la obstinación por asociar a los extranjeros con el delito.

El DNU de Macri, publicado el 30 de enero de 2017, modificaba la Ley de Migraciones (25871) para establecer mecanismos que permitieran expulsar del país en forma inmediata a extranjeros y extranjeras ligados a cualquier proceso penal, sin importar las características, ni el tipo de infracción, ni las penas, si había condena o no, si la persona tenía residencia definitiva, si toda su familia estaba arraigada en el país, si tenía trabajo, hijes menores u otras personas a cargo. Aquella disposición autorizaba también la deportación por faltas administrativas en el trámite migratorio. Hubo cerca de 3000 expulsiones por año durante el gobierno de Cambiemos. De 1760 expulsiones en 2014 y 1908 en 2015, se saltó a 5110 en 2018 y en 2019 fueron 4111 en virtud del decreto 70/17. Lo que quedó a la vista, en el período macrista, es que quienes ingresaban en un proceso de expulsión tenían prácticamente impedido acceder a asistencia y defensa legal, no había garantía de control sobre los actos adminstrativos, ni respeto del derecho de reunificación familiar ni contemplación de razones humanitarias. El problema no eran los «narcotraficantes» ni autores de graves delitos: los expulsados eran las personas en situación de mayor vulnerabilidad, las «mulas», los tenedores de poca cantidad de droga, entre otros/as.

Un caso emblemático fue el de Vanessa Gómez Cueva, una mujer peruana residente en la Argentina, que había cumplido una condena a 4 de prisión en un juicio abreviado por violación a la ley de drogas. Estudió enfermería y rearmó su vida, pero cuando hacía trámites para actualizar sus documentos se detectó su antecedente y el gobierno de Macri decidió deportarla. Sin aviso, la separaron de sus hijes de 6 y 14 años por entonces, y la subieron a un avion con su otro hijo de 2 años. El escándalo internacional fue de tal magnitud que la Dirección de Migraciones tuvo que volver sobre sus pasos y permitir el regreso de Vanesa. Pero muchas otras «Vanesas» no tuvieron la misma suerte. La Defensoría General de la Nación denunció 125 expulsiones de mujeres de madres o abuelas con hijes o nietes a cargo: 107 eran madres con hijes nacidos en Argentina; 11 nacidos en otros países; y 7 abuelas a cargo de menores. En 32 casos eran famalia monoparental. La Defensoría alertó también sobre la persecución particular contra migrantes vendedores ambulantes, personas que ejercen la prostitución e integrantes del colectivo LGBTI. Quedó claro cómo se pretendían utilizaban las disposiciones migratorias cuando en movilizaciones contra la reforma previsional en diciembre de 2017 el gobierno de entonces amenazaba con expulsar a venezolanos, un paraguayo y hasta un turco que se econtraban de casualidad por las inmediaciones del Congreso y fueron detenidos.

El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) había presentado junto a la Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes (Caref) y el Colectivo por la Diversidad, un amparo colectivo donde pedían la nulidad del decreto de Macri. Aunque el juez de primera instancia rechazó la presentación, luego en marzo de 2018 la Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal lo declaró inconstitucional por implementar medidas contrarias a los derechos humanos de las y los migrantes y por incumplir requisitos para el dictado de un DNU. El Estado, durante la presidencia de Macri también, llevó el tema a la Corte Suprema. La Procuración dictaminó por rechazar ese recurso y los supremos y la suprema nunca resolvieron nada. Mientras tanto la ofensiva contra las y los extranjeros se profundizó.

«El DNU 70/2017 fue un retroceso en los derechos de las personas migrantes en el país en los últimos cuatro años. Su anulación es un paso fundamental para garantizar más igualdad de derechos, el derecho a migrar y la obligación del Estado de regularizar», celebró el CELS el decreto publicado este viernes. En su momento, recordó Amnistía Internacional Argentina, el DNU «se acompañó de discursos xenófobos y discriminatorios que buscaron asociar la migración con el delito». Desde Caref también destacaron la decisión del Gobierno de Fernández y señalaron que «el DNU 70 nunca debió haber existido», «fue el instrumento jurídico con el que se criminalizó a la población migrante». Pidieron que la Comisión Asesora de Política Migratoria, que crea el nuevo decreto «para proponer medidas no vinculantes relacionadas con la aplicación de la Ley de Migraciones», esté integrada por organizaciones de migrantes y de la sociedad civil.

El Poder Ejecutivo señaló que el DNU que decidió derogar tiene «aspectos de fondo», «irreconciliables con nuestra Constitución Nacional» y «con el sistema internacional de protección de los derechos humanos, entre los que cabe mencionar: la violación al principio del debido proceso, al derecho a contar con asistencia y defensa legal, la restricción a un control amplio y suficiente del poder judicial sobre los actos de la autoridad administrativa, la amplitud con la que se prevé la retención preventiva del y de la migrante sin definir las causas que la habilitan y la restricción a los derechos de reunificación familiar y dispensa por razones humanitarias». El nuevo decreto 138/2021 repasa las deciones judiciales, la exhortación de la ONU y apunta que la Corte Interamericana de Derechos Humanos «ha sido enfática con relación a la protección de los y las migrantes, señalando que los Estados deben respetar sus derechos humanos y garantizar su ejercicio y goce a toda persona que se encuentre bajo su jurisdicción, sin discriminación alguna por su regular o irregular estancia, nacionalidad, raza, género o cualquier otra causa». Lo que queda vigente es la Ley de Migracione del gobierno de Néstor Kirchner.

Las voces críticas de Juntos por el Cambio circularon por Twitter. «El presidente le manda un mensaje a los delincuentes y a los narcos. Al gobierno no le alcanzó con liberar presos propios. Ahora, pretende que personas con antecedentes puedan entrar libremente a delinquir en nuestro país. Nosotros lo impedimos con un decreto. Ellos lo derogaron», escribió Patricia Bullrich. «El gobierno sigue retrocediendo. Con la derogación de este decreto que impulsamos desde el Ministerio del Interior y Migraciones en 2017, lo único que hace el Presidente es favorecer el ingreso irregular al país del crimen organizado, delincuentes y narcos», tuiteó Rogelio Frigerio. «Es incomprensible. En vez de pensar en al gente derogan el decreto que impedía el ingreso al país de extranjeros con antecedenes. El que viene a hacer daño, matoar o robar no puede quedarse en la Argnetina», se subió el vicejefe de gobierno porteño, Diego Santilli.

La ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, calificó de «ridículas» esas interpretaciones en una entrevista en Radio Con Vos. Para explicarlo recordó que hay que leer el artículo 29 de la ley que recupera vigencia. «Es una ley de avanzada que implicó un paso trascendental en el reconocimiento de derechos de lxs migrantes en nuestro país y por la que la República Argentina fue reconocida a nivel regional y mundial», había tuiteado más temprano. El artículo 29 es el que deja explícitamente en claro que la expulsión es un mecanismo previsto y se señala con precisión cuando debe aplicarse, lo que abarca a personas implicadas expresamente en narcotráfico. El texto señala entre las «causas impedientes del ingreso y permanencia de extranjeros al Territorio Nacional», en el inciso c) «Haber sido condenado o estar cumpliendo condena, en la Argentina o en el exterior, o tener antecedentes por tráfico de armas, de personas, de estupefacientes o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas o delito que merezca para la legislación argentina pena privativa de la libertad de tres (3) años o más». Luego hay otros varias otras, pero esa es la que refuta puntualmente las afirmaciones de los dirigentes opositores.

Desde el CELS recordaron que en Argentina en 2019 sólo el 6 por ciento de las personas privadas de su libertad eran extranjeras (5703) y el 94 por ciento argentinas (94.270). Es la misma proporción que se mantiene desde 2015. «El crimen organizado –señaló el organismo– se controla interviniendo sobre los mercados ilegales que maneja. No se controla criminalizando pobres y resguardando las ganancias de los dueños del negocio».