Se llevó a cabo una jornada de capacitación en la ciudad con el objetivo de que la desinformación no impida salvar vidas.
El porcentaje de la población que nuestra región tiene entre trasplantados y quienes están en lista de espera se encuentra por debajo de la media provincial que es de 0,17 %. En el departamento San Justo, el 0,14 % de los habitantes está en esa condición, o sea que 45 personas esperan un trasplante y 240 ya lo recibieron.
Las cifras fueron suministradas por la licenciada en Trabajo Social, Eugenia Ferreira Centeno, del Ente Coordinador de Ablación e Implante de Córdoba (Ecodaic) que disertó durante la jornada capacitación»Donación y Trasplante deÓrganos. Realidad local y su abordaje», que se realizó el pasado viernes en el Centro Cultural San Francisco. En la oportunidad también disertaron la doctora Verónica Giner y el doctor Rodolfo Buffa, del Servicio de Terapia Intensiva del Hospital «J.B. Iturraspe».
El objetivo fue seguir apostando a la garantía del derecho a la salud, a la información de toda la comunidad protagonista en el tema y a la formación de profesionales que trabajan, principalmente en el área de Salud, como hospitales, institutos de diálisis, entre otros.
Una tarea en equipo para salvar vidas
Además, se informó sobre la tarea de los implicados en el proceso de donación y trasplante que son médicos, trabajadores sociales y familiares.
La licenciada Ferreira afirmó en diálogo con LA VOZ DE SAN JUSTO que desde Ecodaic se trabaja para que las personas conozcan más sobre el tema y especialmente se busca brindar información.»Poner en conocimiento es nuestra obligación y el objetivo es que cada uno tome una decisión responsable, la cual será respetada», dijo. Cada donante puede salvar la vida de hasta ocho personas.
La profesional recordó que el proceso de donación está regulado por la Ley 27.447.»El proceso se inicia una vez que se diagnostica la muerte, bajo criterios neurológicos o por parada cardíaca. Se desarrolla con todas las garantías de la ley», remarcó.
Agregó que la comunidad «debería satisfacer todas sus necesidades de información a través de informantes idóneos para luego decidir y manifestar la voluntad hacia la donación sea ésta de afirmación o de negativa. Las dudas que tiene están basadas en mitos infundados».
Acompañamiento y capacitación
Con respecto al rol del trabajador social en este proceso, Ferreira destacó que es un trabajo indivisible, en equipo.»La participación del trabajador social en el proceso de donación tiene dosáreas de incumbencias específicos: primero el acompañamiento a las familias donantes en el operativo de procuración en lo que requieran las mismas a pedido del equipo de procuración», afirmó.
Desde la donación hasta el trasplante
La doctora Verónica Giner, del Hospital Iturraspe, se refirió al proceso que van desde la donación deórganos y tejidos, la ablación hasta el trasplante.
«Un paciente que ingresa a una Terapia Intensiva, con una lesión neurológica severa, secundaria, por ejemplo un traumatismo de cráneo grave o ACV, y en el cual posteriormente se certifica el diagnóstico de muerte encefálica, puede ser donante deórganos y tejidos, cumpliendo con algunos criterios», explicó.
Añadió que la muerte encefálica «se verifica por la presencia de signos clínicos de muerte, se corrobora la inactividad encefálica y se certifica así la muerte bajo criterios neurológicos».
Qué dice la ley
En la Argentina se reglamentó la Ley de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, conocida como Ley Justina, todas las personas son donantes deórganos, salvo que hubieran expresado su voluntad contraria.
La ley establece la donación cruzada en el caso de trasplante de riñón (con donante vivo). También explicita que podrá realizarse la ablación deórganos y/o tejidos, a toda persona capaz mayor de 18 años, que no haya dejado constancia expresa de oposición a que después de su muerte se realice la extracción de los mismos.
Cobertura total
La reglamentación del artículo 3 indica que «la atención integral del paciente trasplantado comprende la cobertura del cien por ciento (100%) en la provisión de medicamentos, estudios, diagnósticos y prácticas de atención de su estado de salud de todas aquellas patologías que estén directamente relacionadas con el trasplante».
¿Qué pasa con los niños?
Según la normativa, en caso de fallecimiento de menores de 18 años, «la autorización para la obtención de losórganos y tejidos debe ser efectuada por ambos progenitores o por aquel que se encuentre presente, o el representante legal del menor».