En un hecho histórico, este martes la Corte Suprema de la Nación ratificó la condena a tres años de prisión condicional al agricultor Parra y al aeroaplicador Pancello, acusados por la Cámara del Crimen de Córdoba en agosto de 2012 de «contaminación ambiental dolosa».

El 22 de agosto de 2012, la Cámara I del Crimen de Córdoba emitió un fallo inédito donde determinó que fumigar con agrotóxicos es delito.

El caso del barrio Ituzaingó Anexo se convirtió en el primero en llegar a juicio penal y en el que un productor agropecuario y un aerofumigador fueron encontrados culpables por el delito de contaminación ambiental. Recayó sobre ellos una pena de tres años de prisión condicional.

A cinco años de aquel fallo inédito y tras 15 años de lucha, este martes, la Corte Suprema de la Nación ratificó la condena a tres años de prisión condicional al agricultor Francisco Parra y al aeroaplicador Edgardo Pancello, acusados por «contaminación ambiental dolosa».

Con el voto de la mayoría absoluta integrada por los vocales Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, la Corte declaró inadmisible el Recurso de Queja interpuesto por los abogados defensores de los condenados. De este modo quedó firme la sentencia de la Cámara Primera del Crimen que condenó a los imputados a la pena de prisión en suspenso de 3 años en el marco de la denominada causa Barrio Ituzaingó Anexo.

Las denuncias tomadas en cuenta por los tribunales incluyeron un estudio oficial había determinado sobre 142 niños del barrio la presencia de agrotóxicos en 114 de ellos. El barrio está situado al sureste de la Ciudad de Córdoba, por fuera de la Avenida Circunvalación, entre la Ruta Nacional 9 y la Autopista Córdoba-Pilar. Son aproximadamente 5000 personas, que habitan 1200 viviendas en 30 manzanas. Limita al norte con una zona industrial de la que se separa por la ruta a Capilla de los Remedios y al oeste con barrio Ituzaingó y los Eucaliptos. Colinda a su vez con áreas rurales al norte, este y sur.

El 11 de febrero de 2004, Sofía Gatica denuncia ante la Unidad Fiscal del lugar que en el “campo de Parra” -al este del barrio- aplicaban agrotóxicos con un equipo terrestre (mosquito). La ayudante fiscal procedió a investigar la situación logrando allanar el campo de Parra. Se identificaron restos de los venenos utilizados y los dosajes de la tierra del lugar detectaron compuestos organoclorados y fosforados, 2.4D, diendrin y clorpirifós.

En 2008, Medardo Ávila Vázquez, integrante de la Red de Médicos de Pueblos Fumigados y Reduas (Red Universitaria de Ambiente y Salud), quien era Subsecretario de Salud de la Ciudad de Córdoba denunció que  ante el fiscal de Instrucción Penal Carlos Matheu, que una avioneta sin identificar estaba aplicando venenos sobre el Barrio Ituzaingó Anexo.

En diálogo con La Nueva Mañana, Ávila Vázquez señaló que «este fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación es un triunfo total para los vecinos de barrio Ituzaingó y para la lucha contra los agrotóxicos y la fumigación en zonas residenciales. Es delito fumigar sobre las personas y los agrotóxicos son sustancias peligrosas».

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